- Certificación digital
- Entidades registro idCAT y T-CAT
- Identidad y firma digital
El trámite por el reembolso por la revocación de las T-CAT en tarjeta finalizará el 9 de octubre
Próximamente la AOC incorporará los certificados de Seudónimo y Representante en su catálogo de certificados con la adaptación del mismo a ReIDAS. Estos certificados se emitirán bajo la validación de los requisitos legales que regulan su emisión y con el detalle normativo con el documento adjunto, a fin de que los tenga en cuenta antes de tramitar las solicitudes de los mismos. Próximamente, le detallaremos cómo puede justificar que se cumplen los requisitos detallados en el proceso de solicitud del certificado.
1.- ¿Cuándo se puede utilizar un seudónimo? Cuando el certificado se utilice por actuaciones sobre:
El certificado con seudónimo se emitirá a petición de la Administración solicitante del certificado.
2. - ¿Qué puede ser un seudónimo?
El seudónimo siempre será proporcionado por la Administración. Sólo pueden solicitar que se desvele la identidad de la persona con seudónimo: los órganos judiciales y de otros órganos o personas legitimadas y sólo en los casos del arte. 11.2 de la LOPD. En estos casos, el Prestador de Servicios de Certificación estará obligado a revelar la identidad del signatario.
El régimen jurídico de la información clasificada está regulado por la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales y el Decreto 242/1969, de 20 de febrero, que la desarrolla.
3.- ¿Qué requisitos normativos deben cumplirse por la solicitud de un certificado de empleado público con seudónimo?
1.- ¿Qué requisitos normativos específicos deben acompañar la solicitud de un certificado de persona física representante de persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica?
Os ofrecemos elinforme con las referencias de estos requisitos en la normativa.